Finiquito vs. liquidación: diferencias, conceptos y ejemplo de cálculo
Cuando termina una relación laboral, la duda más frecuente es si te corresponde finiquito o liquidación. No son lo mismo y la diferencia puede ser de decenas de miles de pesos. En pocas palabras: el finiquito es lo que te deben por el trabajo que ya hiciste y se paga siempre, sin importar cómo termine el empleo; la liquidación es el finiquito más una indemnización, y solo aplica cuando te despiden sin causa justificada. En esta guía verás qué conceptos incluye cada uno, cómo se calculan y un ejemplo completo con números.
Finiquito vs. liquidación: la diferencia en una tabla
| Concepto | Finiquito | Liquidación |
|---|---|---|
| ¿Cuándo aplica? | Siempre: renuncia, fin de contrato, despido | Despido injustificado |
| Salario pendiente | Sí | Sí |
| Aguinaldo proporcional | Sí | Sí |
| Vacaciones y prima vacacional | Sí | Sí |
| Indemnización de 3 meses | No | Sí |
| 20 días por año | No | Si aplica (art. 50 LFT) |
| Prima de antigüedad | Solo con 15 años o más | Sí, siempre |
La idea clave: toda liquidación incluye un finiquito, pero no todo finiquito es una liquidación.
Qué incluye el finiquito
El finiquito paga las prestaciones que ya generaste y que todavía no te han entregado. Se compone de:
- Salario pendiente: los días trabajados desde tu último pago hasta tu salida.
- Aguinaldo proporcional: 15 días (o los que te dé tu empresa) ÷ 365 × días trabajados en el año × salario diario. Lo explicamos a detalle en nuestra guía del aguinaldo 2026.
- Vacaciones pendientes o proporcionales: los días de vacaciones que no disfrutaste, más la parte proporcional del año en curso.
- Prima vacacional: mínimo 25% sobre el pago de esas vacaciones.
- Prima de antigüedad: en caso de renuncia, solo si tienes 15 años o más en la empresa.
- Cualquier otra prestación pendiente: horas extra, comisiones, bonos devengados, etc.
Para saber cuántos días de vacaciones te corresponden según tu antigüedad, consulta la tabla de vacaciones dignas y prima vacacional.
Qué incluye la liquidación
La liquidación suma al finiquito una indemnización por haber sido despedido sin causa justificada. Los conceptos adicionales son:
1. Indemnización constitucional de 3 meses
Equivale a tres meses de salario. En la práctica se calcula como 90 días de salario diario. Es el componente más importante y aplica en cualquier despido injustificado.
2. 20 días por año trabajado
Este pago no aplica en todos los despidos. Procede en los supuestos del artículo 50 de la Ley Federal del Trabajo, por ejemplo, cuando el patrón se niega a reinstalarte después de un juicio. En muchas negociaciones se incluye, pero no es automático; por eso en el ejemplo lo mostramos por separado.
3. Prima de antigüedad
Son 12 días de salario por cada año trabajado. En un despido se paga siempre, sin importar cuántos años tengas. Tiene un tope: el salario diario que se usa para calcularla no puede ser mayor a dos salarios mínimos. Con el salario mínimo 2026 de $315.04, el tope es de $630.08 diarios.
Otros casos: despido justificado y fin de contrato
No todas las salidas encajan en "renuncia" o "despido injustificado". Estos son otros escenarios frecuentes:
- Despido con causa justificada: si el patrón demuestra alguna de las causas de rescisión que marca la ley (por ejemplo, faltas injustificadas reiteradas o actos de violencia), no te debe la indemnización de 3 meses: solo el finiquito más la prima de antigüedad. Esta última se paga aunque el despido sea justificado, porque la ley la otorga cuando el trabajador "es separado" de su empleo, sin importar la causa. El patrón debe entregarte aviso por escrito con la causa del despido; si no lo hace, el despido se considera injustificado.
- Fin de un contrato por tiempo u obra determinada: cuando el contrato termina en la fecha pactada, lo normal es que se pague el finiquito. Si en realidad el trabajo continuaba y te renovaban contrato tras contrato, podría tratarse de una relación por tiempo indeterminado; en ese caso conviene pedir asesoría.
- Mutuo acuerdo: tú y la empresa pueden negociar un monto. Muchas veces se ofrece algo entre el finiquito y la liquidación completa. Conocer ambos números te da una base sólida para negociar.
Ejemplo: finiquito y liquidación con los mismos datos
Supongamos a una persona con estos datos:
- Salario diario: $500 (unos $15,200 al mes)
- Fecha de ingreso: 1 de julio de 2023
- Fecha de salida: 30 de junio de 2026 (3 años completos)
- Le deben la última quincena (15 días) y los 16 días de vacaciones de su tercer año, que no tomó
- Su empresa da las prestaciones mínimas de ley
Cálculo del finiquito
| Concepto | Cálculo | Monto |
|---|---|---|
| Salario pendiente | 15 días × $500 | $7,500.00 |
| Aguinaldo proporcional 2026 | 15 ÷ 365 × 181 días × $500 | $3,719.18 |
| Vacaciones pendientes | 16 días × $500 | $8,000.00 |
| Prima vacacional | 25% × $8,000 | $2,000.00 |
| Total finiquito | $21,219.18 |
Los 181 días corresponden del 1 de enero al 30 de junio de 2026. Como tiene menos de 15 años de antigüedad, si renuncia no le toca prima de antigüedad.
Cálculo de la liquidación
| Concepto | Cálculo | Monto |
|---|---|---|
| Finiquito | Tabla anterior | $21,219.18 |
| Indemnización 3 meses | 90 días × $500 | $45,000.00 |
| Prima de antigüedad | 12 días × 3 años × $500 | $18,000.00 |
| Total liquidación | $84,219.18 | |
| 20 días por año (si aplica) | 20 × 3 × $500 | $30,000.00 |
| Total con 20 días por año | $114,219.18 |
Como su salario diario ($500) es menor al tope de dos salarios mínimos ($630.08), la prima de antigüedad se calcula con su salario real. Si ganara, por ejemplo, $900 diarios, la prima se calcularía con $630.08.
La diferencia entre renunciar y ser despedido sin causa, en este caso, va de $63,000 a $93,000 adicionales. Por eso vale la pena tener claro qué te corresponde.
¿Cuánto ISR se paga por el finiquito y la liquidación?
Cada concepto tiene su propio tratamiento fiscal:
- Salario pendiente y vacaciones: gravados como cualquier sueldo, con la tarifa de ISR 2026.
- Aguinaldo: exento hasta 30 UMA ($3,519.30). En el ejemplo, solo $199.88 serían gravados.
- Prima vacacional: exenta hasta 15 UMA ($1,759.65). En el ejemplo, $240.35 serían gravados.
- Indemnización, prima de antigüedad y 20 días por año: exentos hasta 90 UMA por cada año de servicio.
En el ejemplo, con 3 años: 90 × $117.31 × 3 = $31,673.70 exentos. Si la indemnización total fue de $63,000 (3 meses + prima de antigüedad), la parte gravada sería $31,326.30. Con los 20 días por año incluidos ($93,000), la parte gravada sería $61,326.30.
Pasos para revisar tu finiquito o liquidación
- Confirma tu salario diario y tu fecha de ingreso en tus recibos de nómina.
- Cuenta los días trabajados en el año y los días de vacaciones que no tomaste.
- Revisa si tu empresa da más de las prestaciones mínimas (más días de aguinaldo o mayor prima vacacional).
- Pide el desglose por escrito antes de firmar cualquier documento.
- Compara contra una calculadora y, si hay diferencias grandes, busca orientación antes de firmar.
Para hacer todo esto en un minuto, usa nuestra calculadora de finiquito y liquidación: introduce tu salario, tus fechas y el motivo de salida y te muestra cada concepto por separado.
Haz tu cálculo: usa nuestra finiquito y liquidación — renuncia o despido: conceptos y montos.
Preguntas frecuentes
¿Si renuncio me toca liquidación?
No. Al renunciar solo tienes derecho al finiquito: salario pendiente, aguinaldo y vacaciones proporcionales y prima vacacional. La prima de antigüedad solo se paga en renuncia si tienes 15 años o más.
¿Cuánto es la indemnización por despido injustificado?
Tres meses de salario, más la prima de antigüedad de 12 días por año. En los supuestos del artículo 50 de la LFT también se pagan 20 días de salario por año trabajado.
¿Cuál es el tope de la prima de antigüedad en 2026?
El salario diario para calcularla no puede exceder dos salarios mínimos. Con el salario mínimo general 2026 de $315.04, el tope es de $630.08 diarios.
¿La liquidación paga ISR?
Sí, pero la indemnización y la prima de antigüedad están exentas hasta 90 UMA por cada año de servicio. El excedente es gravado y además te obliga a presentar declaración anual.